A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Clinica Medilaser Y Otros·Respondent Ministerio De Salud Y Proteccion Social Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Configuración de cosa juzgada
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá – Sección Primera y el Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá.
La causa que origina la controversia radica en demanda de reparación directa presentada por la IPS Clínica Medilaser S.A., en contra de la Nación – Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la cual pretende el reconocimiento y pago de facturas relacionadas con la prestación oportuna de servicios de salud médico quirúrgicos por mandato legal a las víctimas de accidentes de tránsito y eventos catastróficos.
Luego de hacer el análisis del caso planteado, la Sala Plena advierte que el asunto fue conocido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura mediante auto proferido el 13 de agosto de 2015 en el que asignó la competencia al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá, de tal manera que se puso fin al conflicto suscitado en el caso en cuestión e hizo tránsito cosa juzgada, lo que impide volver sobre lo que ya fue decidido.
Por lo expuesto, la Corte decide estarse a lo resuelto en el Auto ya proferido y resuelve remitir el expediente al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá- Sección Primera.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO por el Consejo Superior de la Judicatura en auto del 13 de agosto de 2015, en la cual se decidió que la competencia para conocer de este asunto correspondía a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y, específicamente, al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General REMITIR el expediente CJU-4221 al Juzgado Veinticinco Laboral del Circuito de Bogotá para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá- Sección Primera.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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